Oficina de Planificación de la Educación Superior (OPES)
OPES impulsa la acción sistémica y coordinada de las Instituciones de Educación Superior Universitaria Estatal de conformidad con las disposiciones vigentes del Convenio de Coordinación de la Educación Superior Universitaria Estatal en Costa Rica y fortalecer su planificación y coordinación como sistema, fomentando la investigación y el análisis de temáticas relacionadas con educación superior que integren y direccionen esfuerzos conjuntos de las instituciones que lo conforman.
La OPES tiene como funciones:
- Preparar el PLANES tomando en cuenta los lineamientos que establezca el Plan Nacional de Desarrollo vigente. El PLANES tendrá una duración de cinco años y deberá evaluarse anualmente.
- Ejecutar los encargos del CONARE relativos a proyectos y programas de corto, de mediano y de largo plazo que soliciten las Instituciones signatarias.
- Dar asesoría a las instituciones signatarias del Convenio de Coordinación, previa aprobación del CONARE, para la preparación de sus presupuestos anuales, ordinarios y extraordinarios, lo mismo que para sus modificaciones.
- Coordinar el desarrollo de la Educación Superior Universitaria Estatal con las demás autoridades del Estado costarricense.
- Conservar al día sus bancos de información y demás recursos de la técnica de planificación.
- Ofrecer al CONARE todos los servicios coadyuvantes que requiera y servirle como secretaría permanente.
- Coordinar con las unidades correspondientes de las Instituciones de Educación Superior Universitaria Estatal, la elaboración, la supervisión y la evaluación de los programas y de los proyectos aprobados por el CONARE.
- Someter al CONARE propuestas de políticas, de programas y de proyectos que favorezcan la coordinación y el adecuado desarrollo de la Educación Superior Universitaria Estatal.
- Mantener el seguimiento de la ejecución de programas o proyectos que afecten a dos o más instituciones signatarias del Convenio de Coordinación, cuando fueren financiados con préstamos suscritos con agencias internacionales de crédito o con gobiernos extranjeros, en aquellos casos que así lo disponga el CONARE.
- Las demás que le sean asignadas por el CONARE mediante acuerdo tomado al efecto.